Préstamo Hipotecario IAPV

Una mejor tasa. Tu casa más cerca. UVA + 6% anual para agentes públicos provinciales. Una iniciativa del IAPV junto a Banco Entre Ríos.

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Todo lo que tenés que saber sobre tu Préstamo

Financiá hasta 50.000 UVA con una tasa preferencial de UVA + 6% anual.*

Monto máximo

Hasta 50.000 UVAs y hasta el 75% del valor de la propiedad.

Plazo máximo

Plazo de hasta 20 años.

Destino del préstamo

Usalo para la adquisición de tu vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

Tasa preferencial

UVA + 6% anual. Incluye 2 puntos de subsidio del IAPV.

Beneficiarios

Agentes públicos provinciales de planta permanente.

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Requisitos para solicitar tu Préstamo Hipotecario IAPV

Conocé estos puntos y ¡da el primer paso!

  • Ser agente público provincial de planta permanente.

  • Edad: hasta 64 años y 364 días para el otorgamiento del Préstamo y hasta 73 años y 364 días (al momento de finalización del mismo).

  • Relación cuota/ingreso: 30% para clientes que acreditan haberes. Podés sumar ingresos con tu cónyuge o conviviente.

  • Seguro de Incendio a cargo del cliente. **

Paso a paso del proceso completo

Conocé cómo es el proceso digital para solicitar tu Préstamo Hipotecario IAPV, desde la inscripción inicial hasta el otorgamiento final.

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Inscripción

Inscribite a través del sitio oficial del IAPV.

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Importante: Cumplir los requisitos del beneficio no implica tener aprobado el crédito. La inscripción permanecerá abierta hasta completar los cupos disponibles.

¿En qué podemos ayudarte?

Es una condición diferencial para agentes públicos provinciales que buscan acceder a un crédito hipotecario para comprar su vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

¿Tenés más dudas?

VÁLIDO PARA PERSONAS HUMANAS DE LA CARTERA DE CONSUMO, QUE: (1) REVISTAN EL CARÁCTER DE AGENTES PÚBLICOS PROVINCIALES DE PLANTA PERMANENTE, (2) QUE CUENTEN CON VERIFICACION DEL INSTITUTO AUTÁRQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA DE ENTRE RÍOS (IAPV) COMO POTENCIALES BENEFICIARIOS DE ESTA LINEA y (3) ACREDITEN HABERES EN EL BANCO. La verificación realizada por el IAPV habilita al interesado a solicitar el préstamo, pero dicha solicitud no implica aprobación ni otorgamiento automático de la financiación. VIGENCIA DESDE EL 26/08/2026 y HASTA EL 30/09/2026 O HASTA AGOTAR EL CUPO DISPONIBLE PARA LA LÍNEA, LO QUE OCURRA PRIMERO. EL DESEMBOLSO DEL PRÉSTAMO DEBERÁ EFECTIVIZARSE DENTRO DE DICHO PLAZO.DESTINO: adquisición de vivienda única, familiar y de ocupación permanente de inmuebles ubicados dentro de la provincia de Entre Ríos (sujeto a la aprobación del Banco). TIPO DE PRÉSTAMO: préstamo hipotecario en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), de capital variable actualizable por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), de acuerdo a la Ley 25.827, Comunicación A 6080 y modificatorias de BCRA. El capital adeudado, las cuotas y el saldo de deuda se expresan en UVA y su equivalente en pesos variará según la evolución del valor de la UVA publicado por el Banco Central de la República Argentina. Moneda y desembolso: El préstamo será desembolsado en pesos y acreditado en una cuenta de titularidad del solicitante abierto en el Banco. Al momento del otorgamiento, el capital del préstamo será expresado en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), determinándose la cantidad de UVA correspondiente según el valor de la UVA vigente a esa fecha. El Solicitante luego de ser liquidado el préstamo, podrá utilizar dichos fondos para adquirir moneda extranjera el día que se concrete la operación de acuerdo a con la normativa cambiaria vigente, a fin de abonar el precio del inmueble. Valor de las cuotas: Las cuotas serán abonadas en pesos y su importe se determinará en función de la cantidad de UVA adeudadas en cada vencimiento, convertidas a pesos al valor de la UVA vigente a la fecha de efectivo pago, conforme la cotización publicada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). En consecuencia, el importe en pesos de las cuotas variará de acuerdo con la evolución del valor de la UVA.MONTO MÁXIMO: hasta el equivalente a 50.000 UVA, que no podrá exceder del 75% del menor valor entre el precio de compraventa y el valor de tasación del inmueble ofrecido en garantía. y sujeto al monto que resulte aprobado de acuerdo con la evaluación crediticia del solicitante. Adicionalmente el Solicitante deberá contar con los fondos suficientes para cubrir la diferencia del Valor total de la propiedad, gastos, impuestos y honorarios de la compra venta. PLAZO MÁXIMO: 240 meses. SISTEMA DE AMORTIZACIÓN: francés. PERIODICIDAD DE PAGO: mensual de capital e intereses. EDAD MÍNIMA: 18 años. EDAD MÁXIMA AL VENCIMIENTO DEL PRÉSTAMO: 73 años. TASA de INTERES APLICABLE: La tasa de referencia de la línea es TASA NOMINAL ANUAL (TNA): 8,00%. TASA EFECTIVA ANUAL (TEA): 8,30%. COSTO FINANCIERO TOTAL EFECTIVO ANUAL (CFTEA): 8,59%(*).BONIFICACION DE TASA El IAPV bonifica 2 puntos porcentuales anuales, resultando aplicable al beneficiario TASA NOMINAL ANUAL (TNA): 6,00%. TASA EFECTIVA ANUAL (TEA): 6,17%. COSTO FINANCIERO TOTAL EFECTIVO ANUAL (CFTEA): 7,47%(*) . (*) El CFTEA informado incluye el costo del seguro obligatorio de incendio para la protección del inmueble hipotecado. (**)Dicho seguro será liquidado y percibido en forma separada de la cuota del préstamo. El CFTEA podrá variar en función del monto financiado, el plazo, la tasa de interés aplicable, el costo del seguro contratado y las características del inmueble ofrecido en garantía, incluyendo su superficie cubierta y semicubierta. El solicitante perderá el beneficio de la bonificación de tasa:(i) Si pierde su condición de agente estatal como consecuencia de cesantía, exoneración, renuncia o cualquier otra causal análoga prevista actualmente o que se incorpore en el futuro en la normativa aplicable al empleo público provincial. (ii) Si incurre en mora por falta de pago total o parcial, a su vencimiento, de cualquiera de las cuotas de capital, intereses o demás conceptos adeudados en virtud del préstamo. (iii) Si se verifica que los fondos obtenidos mediante el préstamo fueron aplicados a un destino distinto del declarado y aprobado para la presente operatoria. (iv) Si se comprobara la falsedad, inexactitud, ocultamiento o falta de veracidad, total o parcial, de la información o documentación presentada para la obtención del préstamo. (v) Si se declara su concurso preventivo o se decreta su quiebra mediante resolución firme. Excepcionalmente, y por única vez durante toda la vigencia del préstamo, el IAPV podrá rehabilitar la bonificación de tasa perdida por la causal prevista en el inciso( ii), previa solicitud fundada del beneficiario, siempre que la mora no exceda los noventa (90) días corridos desde su configuración y que el deudor regularice íntegramente las sumas adeudadas dentro de dicho plazo. La pérdida de la bonificación implica la aplicación a partir de ese momento de la tasa plena o aplicable a la operación de préstamo (**)El solicitante deberá contratar y mantener vigente un seguro para la protección del inmueble hipotecado que cubra, como mínimo, los riesgos de incendio y destrucción, el cual deberá encontrarse endosado a favor del Banco. EJEMPLO REPRESENTATIVO: para un préstamo hipotecario UVA equivalente a $75.000.000 (dicho importe resulta equivalente a la cantidad de 38.873,8 UVAs, de acuerdo el valor del UVA publicado por el BCRA al día 25/08/2026 de $2090,66) a 240 meses. Considerando el valor UVA al 25/08/2026 y una TNA de 6,00%, el importe estimado de la primera cuota resulta equivalente a $537.323. El importe de la cuota informado en el ejemplo es meramente ilustrativo ya que el mismo varia de acuerdo con la evolución futura del valor de la UVA. Al importe de la cuota deberá adicionarse el costo del seguro obligatorio sobre el inmueble hipotecado, calculado sobre el valor asegurado de la vivienda teniendo en consideración las superficies cubierta y semicubierta. A la fecha del presente ejemplo, la prima de referencia asciende al 0,15% anual. El otorgamiento del préstamo, la determinación del monto definitivo, las condiciones de financiación y la aceptación del inmueble ofrecido en garantía se encuentran sujetos a la exclusiva evaluación crediticia, jurídica, comercial y patrimonial del BANCO. La presente publicidad es de carácter informativo y no constituye oferta vinculante para Banco Entre Ríos S.A., quien se reserva el derecho de aprobar o rechazar solicitudes de crédito conforme sus políticas crediticias, comerciales, de riesgo, de acuerdo con lo establecido por el art. 974 del Código Civil y comercial de la Nación. Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. | CUIT 33-70799551-9 | Monte Caseros 128, Paraná, Entre Ríos

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